PROGRAMA ELKARTEK 2026
| Fin de plazo para informar de las propuestas que se van a presentar y de los agentes implicados en las mismas: viernes, 27 de febrero de 2026
OBJETO: El programa de ayudas a la investigación colaborativa Elkartek 2026 está destinado a promover Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa, Investigación con Alto Potencial Industrial y otras acciones complementarias de especial interés que contribuyan al alineamiento con los sectores estratégicos, las tecnologías estratégicas y con los Proyectos Transformadores del Plan de Industria Euskadi 2030. PLAZOS INTERNOS PARA RECIBIR SOLICITUDES: · Fin de plazo para informar de las propuestas que se van a presentar y de los agentes implicados en las mismas: viernes, 27 de febrero de 2026 · Fin de plazo para envío de los documentos solicitados en la convocatoria (o de borradores casi definitivos de los mismos): viernes, 6 de marzo de 2026 · Deadline convocatoria: viernes, 13 de marzo de 2026 BENEFICIARIOS: Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación de Euskadi (Agentes RVCTI): https://apps.euskadi.eus/aa40paWebPublicaWar/webPublicaJSP/aa40painicio.do?idioma=es TIPOS DE PROYECTOS: Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa (tipo K1): · Proyectos de investigación fundamental de carácter estratégico, realizados en colaboración entre los agentes de la RVCTI y orientados a ampliar conocimientos y desarrollar tecnologías que contribuyan a aumentar el nivel tecnológico en los sectores estratégicos del Plan de Industria Euskadi 2030 y al desarrollo de proyectos transformadores. Dicha orientación estratégica del proyecto se deberá demostrar justificando la alineación de los objetivos del proyecto con las necesidades y competitividad empresarial futura y se acreditará a través de la creación de un comité empresarial formado por empresas vascas que realicen un seguimiento del proyecto y firmen posibles acuerdos de transferencia. · Realizados en cooperación entre un mínimo de 3 agentes de la RVCTI que pertenezcan a cualquier tipología de agentes de la RVCTI.. · Número máximo de participantes: 8 (salvo que se autorice expresamente por la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital) · Carácter anual o plurianual (máximo 2 años: 2026 y 2027). · Efecto incentivador: La fecha de inicio del proyecto deberá de ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud. · Presupuesto total mínimo de 1 M€ por proyecto y 50.000 €/año por entidad participante. · Ninguna entidad podrá asumir más del 70% de los costes totales del proyecto. · Las ayudas (subvenciones no reintegrables), podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados. Proyectos de Investigación con alto Potencial Industrial (tipo K2): · Proyectos de investigación fundamental orientada o de investigación industrial liderados por las Unidades de I+D Empresariales pertenecientes a la RVCTI con alto poder de tracción y llegada al mercado favoreciendo el desarrollo de proyectos transformadores. · Deberán ser liderados por las Unidades de I+D Empresariales. · Número máximo de participantes: 8 (salvo que se autorice expresamente por la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital) · Carácter anual o plurianual (2 años: 2026 y 2027). · Efecto incentivador: La fecha de inicio del proyecto deberá de ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud. · Presupuesto total mínimo de 200.000 € por proyecto y 50.000 €/año por entidad participante. · Ninguna entidad podrá asumir más del 70% de los costes totales del proyecto. · Los ayudas (subvenciones no reintegrables), podrán alcanzar hasta el 100% de los presupuestos de gasto subvencionables aprobados en el caso de proyectos de investigación fundamental y del 50% en el caso de proyectos de investigación industrial.
GASTOS SUBVENCIONABLES: · Costes de personal. Personal investigador, personal técnico y otro personal de apoyo empleado en la actividad de investigación perteneciente a la plantilla de la Entidad solicitante. Se podrán imputar costes-hora indirecto de personal propio Biobizkaia (NO de personal Osakidetza). Se podrán imputar los costes de contratación de nuevas incorporaciones al proyecto. · Subcontratación de partes del proyecto de investigación que por su complejidad o especialización no puedan realizarlas las propias entidades beneficiarias. No podrá superar el 50% del coste total del proyecto subvencionado, salvo que dichos gastos sean autorizados por la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, debido a su alta especialización y/o por la imposibilidad de realizarse con sus propios medios por parte de la entidad beneficiaria. · Servicios de asesoría y otros servicios análogos, incluida la compra de trabajos de investigación, de conocimientos técnicos, gastos de asistencia a cursos y seminarios externos, estudios de viabilidad y de mercado, entre los que se podrá incluir la auditoría de costes del proyecto. El coste de auditoría será subvencionable hasta un máximo de 1.500 € por proyecto, entidad beneficiaria y anualidad. NO serán elegibles los costes de consultoría de gestión de la subvención. · Otros gastos corrientes (materiales, suministros, viajes, etc.) directamente derivados de la actividad de investigación. · Gastos relacionados con el registro y mantenimiento de patentes y/o protección de la propiedad intelectual. · Gastos de amortización relacionados con la generación de infraestructura y adquisición de equipamiento tecnológico avanzado, así como con la mejora de las instalaciones y servicios, realizados con el fin de posibilitar la consecución, en condiciones óptimas, de los objetivos del proyecto. DOCUMENTACION: · Se presentará una única solicitud por proyecto a través del líder o coordinador de la propuesta. · La solicitud deberá ir acompañada de ficheros con la copia digitalizada de la siguiente documentación: o Memoria técnico-económica del proyecto. Máximo 80 páginas en Arial 11 excluyendo portada, índice y anexos (cartas de interés y CV del personal investigador). Se adjunta modelo de memoria 2026 para proyectos tipo 1. o Copia digitalizada del acuerdo de colaboración suscrito por todas las entidades participantes. o Copia digitalizada del poder de representación de la persona solicitante de cada entidad participante. o En el caso de proyectos vinculados a proyectos transformadores, deberán explicitar la composición del comité empresarial y posibles acuerdos de transferencia. o Todos los participantes en el proyecto: Impreso de solicitud. Se descargan de la aplicación una vez está toda la información incluida y ha de ser firmado por el representante legal de la entidad participante.
INFORMACION ADICIONAL
· Convocatoria: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2025/elkartek-2026/web01-tramite/es/ · Bases de la convocatoria: https://www.euskadi.eus/web01-bopv/es/bopv2/datos/2025/12/2505527a.pdf
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CONTACTO PARA INFORMAR DE/GESTIONAR LA SOLICITUD: convocatorias@bio-bizkaia.eus
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